Asociación de Fibrosis Quística | Incapacidad permanente laboral
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Qué es?

Prestación económica que, por haber estado dado de alta en la Seguridad Social, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona por una enfermedad y ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.

REQUISITOS:

  1. Tener menos de 65 años
  2. Estar afiliado y en alta o situación asimilada en la seguridad Social.
  3. Si la causa es enfermedad común, haber cotizado 1800 días en los últimos 10 años (Aproximadamente)
  4. Estar al corriente del pago en los regímenes en que el trabajador sea el responsable del ingreso de cuotas (Autónomos, Agrario y Empleados de Hogar)

1 Tipos de Incapacidad:

     1.1 Incapacidad Permanente Parcial

    Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.

    Cuantía:

    Indemnización a tanto alzado que se abona en un pago único. Correspondiente a 24 mensualidades de la base reguladora que correspondería por la incapacidad temporal.

     1.2 Incapacidad Permanente Total

    La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

    Cuantía:

    El 55% de la base reguladora en 14 pagas.

      1.3 Incapacidad Permanente Absoluta

    La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

    Cuantía:

    El 100% de la base reguladora en 14 pagas.

Qué necesito?

Documentos necesarios:

Dónde se tramita?

Debe tramitarlo en su seguridad social correspondiente según la localidad.